Qué significa «homologación individual» en la ficha y el informe de la DGT
La homologación individual certifica que un vehículo concreto, y no un modelo entero, cumple los requisitos técnicos para circular. Se usa cuando el vehículo no está amparado por una homologación de tipo válida en España, por ejemplo algunos importados de fuera de la Unión Europea o vehículos modificados antes de su matriculación.
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Qué es exactamente
El Real Decreto 750/2010, que regula los procedimientos de homologación de vehículos, la define como el «procedimiento por el cual se certifica que un vehículo en particular, ya sea singular o no, cumple las disposiciones administrativas y requisitos técnicos» del propio real decreto.
La diferencia con la homologación de tipo es de alcance:
- Homologación de tipo: se concede a un modelo (tipo, variante y versión). Todos los vehículos fabricados conforme a él la comparten. Ver contraseña de homologación.
- Homologación individual: se concede a un solo vehículo. La autoridad de homologación puede eximir a ese vehículo de algunos actos reglamentarios si cumple los requisitos alternativos que fija el real decreto.
La autoridad de homologación en España es el ministerio competente en industria; la tramitación técnica pasa por servicios técnicos y estaciones ITV.
Cuándo se usa
Los casos más habituales:
- Importados sin homologación europea, por ejemplo vehículos fabricados para otros mercados que llegan sin certificado de conformidad europeo.
- Vehículos transformados antes de su primera matriculación. El Real Decreto 866/2010 deja claro que las modificaciones hechas antes de la matriculación definitiva deben estar incluidas en la homologación de tipo o tramitarse por homologación individual. Las que se hacen después de matricular son reformas.
- Vehículos singulares o fabricados en unidades sueltas.
Dónde se nota
En la ficha técnica: el vehículo no remite a una contraseña de homologación de tipo, sino a una homologación individual. En el informe de la DGT verás los datos técnicos registrados, la fecha de primera matriculación en España y, si es importado, la fecha y circunstancias de la rematriculación.
Qué implica para el comprador
- Es un vehículo legal. Tiene la misma validez para circular que uno homologado por tipo.
- Las reformas futuras pueden ser más laboriosas. Al no haber un tipo homologado de referencia, el taller y el servicio técnico parten de la documentación individual.
- El historial anterior a España no está en la DGT. Si es importado, el Registro empieza con la matriculación española. Para lo anterior, hace falta un historial privado por bastidor. Lo explicamos en historial de un coche extranjero antes de importarlo.
- Conviene guardar toda la documentación técnica. La ficha reducida, los informes del servicio técnico y la ficha ITV son los que acreditan qué es el vehículo.
Qué hacer antes de comprar
- Pide el informe completo y mira fecha de primera matriculación en España, ITV y datos técnicos.
- Pide la ficha técnica y confirma que los datos (masas, plazas, motor) coinciden con el vehículo.
- Si es importado, consulta su historial previo por bastidor y revisa cómo saber si un coche ha sido importado.
- Si es autocaravana o camper, comprueba que la vivienda y las plazas constan. Ver autocaravana importada.
- Si piensas reformarlo, pregunta antes a una ITV o a un servicio técnico qué te van a pedir.
Ejemplo tipo
Un aficionado encuentra un todoterreno japonés importado hace años y matriculado en España. La ficha remite a una homologación individual. Pide el informe completo: la fecha de primera matriculación en España, las ITV con kilómetros crecientes y sin cargas. Antes de comprar consulta con una ITV si podrá legalizar un enganche, porque al no haber homologación de tipo española la documentación que le pedirán es distinta. Le confirman lo que necesita y cierra la compra con esa información.
Lo que no significa
- No es una homologación «de segunda». Es un procedimiento legal previsto en el real decreto.
- No es lo mismo que una reforma. La homologación individual va antes de matricular; la reforma, después.
- No incluye el historial extranjero. La DGT solo informa desde la matriculación en España.
- No exime de ITV. El vehículo pasa las inspecciones periódicas como cualquier otro.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre homologación de tipo e individual?
La de tipo ampara a todos los vehículos de un modelo; la individual, a un vehículo concreto.
¿Un coche con homologación individual es legal?
Sí. Puede matricularse y circular igual que uno homologado por tipo.
¿Cuándo se necesita una homologación individual?
Cuando el vehículo no está cubierto por una homologación de tipo válida, por ejemplo algunos importados o vehículos modificados antes de su matriculación definitiva.
¿Lo veo en el informe de la DGT?
Verás los datos técnicos y, si es importado, la rematriculación. Para la referencia de homologación, lo directo es la ficha técnica.
¿Es más difícil reformar un vehículo con homologación individual?
Puede requerir más documentación, porque no hay un tipo homologado de referencia. Consulta antes con la ITV o un servicio técnico.
¿Me sirve el informe de la DGT para saber su vida fuera de España?
No. La DGT solo tiene datos desde que se matriculó en España.
Quién lo hace
Servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Te entregamos el informe oficial y te ayudamos a leerlo junto con la ficha técnica. Somos un servicio privado, no la DGT.
EscríbenosFuentes oficiales
- BOE, Real Decreto 750/2010, procedimientos de homologación de vehículos: definición de homologación individual y documentación.
- BOE, Real Decreto 866/2010, reformas de vehículos: artículo 2, modificaciones antes de la matriculación definitiva.
- Sede de la DGT, Matriculación ordinaria.
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Fuentes oficiales
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-9994
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-11154
- https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/matriculaciones-de-vehiculos/matriculacion-ordinaria/
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