Remolque agrícola de segunda mano: matrícula, ROMA, ITV y quién puede comprarlo

Informe completo oficial de la DGT al instante: 29 €, tasa incluida. Con la matrícula del remolque agrícola (o su bastidor) te decimos quién es el titular, si tiene cargas o bajas y qué ITV ha pasado. Lo que corresponde al ROMA te lo señalamos para que lo pidas al vendedor.

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Somos un servicio privado, no la DGT ni la consejería de agricultura. El informe que recibes es el oficial del Registro de Vehículos, con su Código Seguro de Verificación (CSV).

No es un remolque cualquiera: es un vehículo especial

Un remolque agrícola no sigue las reglas del remolque de carretera que explicamos en /informe/remolque/. Es un vehículo especial concebido para ser arrastrado por un tractor, un motocultor o una máquina agrícola, y eso cambia casi todo:

Remolque de carreteraRemolque agrícola
Registro principalRegistro de Vehículos de la DGTROMA de la comunidad autónoma y Registro de Vehículos
Matrícula (si pasa de 750 kg)Letra R, fondo rojoDe vehículo especial: letra E, fondo blanco y caracteres rojos (RGV, anexo XVIII)
ITV periódicaAnual hasta 10 años, semestral despuésExento hasta 8 años, bienal de 8 a 16, anual después
Impuesto de circulaciónSegún carga útilExento con Cartilla de Inspección Agrícola, si se solicita
Quién puede ser titularCualquieraQuien pueda inscribirlo en el ROMA

Las ITV salen del Real Decreto 920/2017, que agrupa en la misma fila a los tractores de hasta 40 km/h, la maquinaria automotriz, los remolques especiales, las máquinas remolcadas y los tractocarros (art. 6).

Un mercado que casi no se mueve

Según los microdatos de transferencias de la DGT de los últimos 12 meses, cambiaron de titular 12.251 remolques agrícolas. Solo el 4,26 % había pasado por cuatro o más transmisiones (en turismos, el 27,90 %), el 59,91 % tenía 15 años o más y la «marca» más frecuente fue «sin marca», seguida de fabricantes de maquinaria y talleres regionales. Son remolques que pasan de una explotación a otra, a menudo en el mismo pueblo, y que duran décadas.

Los dos registros y el orden de los trámites

1. El ROMA

El Real Decreto 448/2020 incluye los remolques agrícolas entre las máquinas de inscripción obligatoria en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (anexo II). La inscripción se hace a instancia del titular, y los cambios de titularidad generan una baja del anterior y una inscripción del nuevo (art. 17).

2. El Registro de Vehículos

El Reglamento General de Vehículos obliga a matricular en Tráfico las máquinas remolcadas especiales cuya MMA exceda de 750 kg (art. 28.1), y para matricular un vehículo especial agrícola exige que esté inscrito previamente en el ROMA (art. 28.2). El ROMA comunica después la inscripción a la DGT.

En la práctica, igual que con el tractor (lo explicamos en /informe/tractor/): primero el ROMA, después Tráfico. Si el cambio de titular no consta en el ROMA, la Jefatura puede denegar la transferencia.

¿Puedes comprarlo si no eres agricultor?

Aquí está lo que más sorprende. El ROMA no inscribe máquinas a nombre de cualquiera. El Real Decreto 448/2020 exige que el titular reúna alguna de estas características (art. 17.4):

  • Persona física o jurídica que desarrolle una actividad agraria inscrita en el registro de producción agrícola (REGEPA), en el de explotaciones ganaderas (REGA) o en registros autonómicos.
  • Persona física o jurídica que preste servicios agrarios y lo justifique.
  • Cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación y otras agrupaciones inscritas.
  • Organismos oficiales y centros de formación agraria.
  • Empresas de alquiler de maquinaria dedicadas en exclusiva a labores agrarias.

Si compras un remolque agrícola sin estar en ninguno de esos casos, el ROMA no puede inscribirlo a tu nombre, y sin esa inscripción el cambio de titular en Tráfico se complica. Antes de pagar, pregunta en la oficina del ROMA de tu comunidad. Y si lo que quieres es un remolque para uso no agrícola, lo que necesitas es un remolque de carretera.

Qué mirar antes de comprarlo

En el informe de la DGT

  1. Titular: que coincida con quien vende y con la cartilla del ROMA.
  2. Cargas: reserva de dominio, embargos. Según los mismos microdatos, el 0,29 % de los remolques agrícolas transferidos tenía embargo, menos que un turismo (0,35 %), pero cuando una explotación tiene deudas, sus remolques y tractores van juntos.
  3. Bajas: muchos remolques llevan años parados en una nave y pueden estar de baja temporal. Lo explicamos en tractor dado de baja, que se aplica igual.
  4. ITV: con el calendario de los remolques especiales. Un remolque de 20 años debería tener una ITV anual reciente.
  5. Datos técnicos: MMA, tara, ejes.

Si solo tienes el bastidor, el informe también se pide por él: cómo leerlo, en /bastidor/.

En los papeles del vendedor

  1. Cartilla del ROMA a su nombre.
  2. Tarjeta ITV o, si el remolque no entra en el ámbito del Real Decreto 750/2010, el certificado de características técnicas del fabricante que admite el ROMA (RD 448/2020, art. 18.1.b).
  3. Permiso de circulación, si está matriculado.
  4. Factura o contrato con bastidor.

En el remolque

Bastidor grabado coincidente, placa de matrícula y, si lleva freno, su estado. Nada de eso consta en un registro.

El impuesto de circulación: exento, pero hay que pedirlo

El texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales declara exentos los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola (art. 93.1.g). Pero la exención no se aplica sola: hay que solicitarla al ayuntamiento indicando las características, la matrícula y la causa (art. 93.2). Si cambias de titular, pide la tuya. Las cuotas de los remolques que sí pagan, en impuesto de circulación de camión y remolque.

Casos típicos (ejemplos tipo)

✅ El basculante de la explotación vecina. Remolque agrícola de 2008, matrícula E, cartilla del ROMA a nombre del vendedor, ITV bienal al día, sin cargas. El comprador tiene su explotación inscrita en el REGEPA. ROMA primero, Tráfico después.

⚠️ El remolque parado diez años. Informe: baja temporal desde 2016 y última ITV de 2015. Para moverlo hay que darlo de alta y pasar la ITV. Se descuenta del precio.

❌ El particular que lo quería para leña. Comprador sin actividad agraria inscrita. El ROMA no puede inscribirlo a su nombre. Necesita un remolque de carretera, no uno agrícola.

⚠️ El remolque «sin papeles». Remolque artesanal sin matrícula, sin cartilla y con más de 750 kg de MMA. Para regularizarlo hace falta documentación técnica, inscripción en el ROMA y matriculación. No se paga como si estuviera en regla.

Errores habituales

  1. Tratarlo como un remolque de carretera. Su matrícula, su ITV y su registro son otros.
  2. Comprar sin ser titular de una actividad agraria y sin preguntar en el ROMA.
  3. Hacer la transferencia en Tráfico antes que el cambio en el ROMA.
  4. No pedir la exención del impuesto de circulación.
  5. Fiarse solo de la cartilla. Las cargas están en el informe de la DGT.

Cuánto cuesta

La tasa 4.1 de la DGT cuesta 8,67 € y va incluida en nuestros 29 €. Con revisión de un gestor, que repasa contigo la cartilla y el orden de los trámites, 49 €. No tramitamos el ROMA. Escríbenos por el chat.

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Preguntas frecuentes

¿Un remolque agrícola tiene matrícula?

Si su MMA supera los 750 kg, sí: se matricula en Tráfico como vehículo especial, con placa de letra E, fondo blanco y caracteres rojos (Reglamento General de Vehículos, arts. 28.1 y anexo XVIII). Antes tiene que estar inscrito en el ROMA (art. 28.2).

¿Hay que inscribir el remolque agrícola en el ROMA?

Sí. El Real Decreto 448/2020 incluye los remolques agrícolas entre las máquinas de inscripción obligatoria (anexo II).

¿Puedo comprar un remolque agrícola si no soy agricultor?

El ROMA solo inscribe máquinas a nombre de quien tenga una actividad agraria inscrita, preste servicios agrarios o sea una cooperativa, SAT, organismo o empresa de alquiler agrario (RD 448/2020, art. 17.4). Sin cumplirlo, no podrás ponerlo a tu nombre. Pregunta en el ROMA de tu comunidad.

¿Cada cuánto pasa la ITV un remolque agrícola?

Los remolques especiales están exentos hasta los 8 años, pasan cada dos años de 8 a 16 y cada año a partir de 16 (Real Decreto 920/2017, art. 6).

¿Un remolque agrícola paga impuesto de circulación?

Está exento si tiene Cartilla de Inspección Agrícola, pero hay que pedir la exención al ayuntamiento (Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 93.1.g y 93.2).

¿Se puede pedir el informe de la DGT de un remolque agrícola?

Sí, si está matriculado: por su matrícula o su bastidor. Trae titular, cargas, bajas, ITV y datos técnicos. Lo del ROMA (cartilla, titular agrario) hay que pedirlo al vendedor.

¿En qué orden se hacen los trámites al comprarlo?

Primero el cambio de titular en el ROMA y después la transferencia en Tráfico, como con el tractor. —

Quién lo hace

Informe del Vehículo es un servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Pedimos el informe oficial del remolque agrícola, te lo entregamos con su Código Seguro de Verificación (CSV) y te explicamos cargas, bajas e ITV. Lo del ROMA te lo señalamos para que lo pidas. No somos la DGT. Si el remolque es de una herencia, mira también tractor heredado, que se aplica a toda la maquinaria.

Página revisada el 24 de octubre de 2026 con el Real Decreto 448/2020, el Reglamento General de Vehículos y los microdatos de transferencias de la DGT de octubre de 2025 a septiembre de 2026.

Fuentes oficiales

  • Reglamento General de Vehículos: artículo 28.1 (matriculación de máquinas remolcadas especiales de más de 750 kg), 28.2 (inscripción previa en el ROMA) y anexo XVIII (placas de vehículos especiales).
  • Real Decreto 448/2020, caracterización y registro de la maquinaria agrícola: artículos 2 (ámbito, remolques agrícolas), 17 (inscripción, bajas y requisitos del titular, art. 17.4), 18 (documentación) y anexo II (remolques agrícolas de inscripción obligatoria).
  • Real Decreto 920/2017, artículo 6: remolques especiales y máquinas remolcadas.
  • Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 93.1.g) y 93.2: exención con Cartilla de Inspección Agrícola.
  • Sede electrónica de la DGT, Informe de un vehículo.
  • DGT, microdatos de transferencias, octubre de 2025 a septiembre de 2026: 12.251 remolques agrícolas; 4,26 % con cuatro o más transmisiones; 59,91 % con 15 años o más; 0,29 % con embargo.

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