¿Qué papeles hay que pedir al comprar un coche de segunda mano?
Seis cosas: el permiso de circulación, la ficha técnica (tarjeta ITV), el contrato de compraventa firmado en todas sus hojas, una copia del DNI o NIE del vendedor, el justificante del último recibo del impuesto de circulación y un informe completo de la DGT reciente. Si el vendedor es una empresa, en lugar de contrato te da factura. Con eso puedes hacer la transferencia tú solo y demostrar, si algo falla, qué compraste y a quién.
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La lista, con lo que demuestra cada papel
| Documento | Qué demuestra | Para qué lo vas a necesitar |
|---|---|---|
| Permiso de circulación (original) | Quién es el titular y la identidad del vehículo (matrícula, bastidor) | Cotejar con el informe y el coche; circular mientras haces el cambio |
| Ficha técnica o tarjeta ITV (original) | Características técnicas, inspecciones y reformas homologadas | Pasar la ITV, asegurar el coche, comprobar reformas |
| Contrato de compraventa o factura | Que el coche se te ha vendido, cuándo y por cuánto | La transferencia y el impuesto de transmisiones (ITP) |
| Copia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del vendedor | Que el que firma es el titular | La sede de la DGT recomienda quedártela |
| Último recibo del impuesto de circulación | Que no hay impago que frene el cambio de titular | Tráfico no tramita la transferencia sin el pago del año anterior |
| Informe completo de la DGT | Que no hay cargas, bajas ni nada que impida transferir | Tu tranquilidad antes de pagar |
Además, si los hay
- Carta de cancelación de reserva de dominio y justificante de su cancelación, si el coche estuvo financiado.
- Facturas de mantenimiento y libro de revisiones. No son obligatorias, pero respaldan los kilómetros y el estado.
- Todas las llaves, incluida la de repuesto.
- Documento firmado por ti, como comprador, en el que dices que conoces el embargo o precinto, si el informe los muestra y aun así compras: la DGT lo exige para transferir (o que conste claramente en el contrato).
Qué hace falta luego para la transferencia
Con los papeles de arriba, la transferencia la puede presentar el comprador. La sede de la DGT pide, por internet: el contrato firmado en todas sus hojas por comprador y vendedor (o la factura si vende una empresa) y el justificante del pago, exención o no sujeción del ITP (modelo 620 o 621 según la comunidad). En persona, el impreso oficial firmado por los dos (si lo firman ambos no hace falta adjuntar el contrato), tu documento de identidad, la tasa y el ITP. El plazo es de 30 días desde la firma del contrato. Los costes, en /preguntas/cuanto-cuesta-la-transferencia-de-un-coche/.
Cómo revisar los papeles en la cita
- El nombre del permiso y el del DNI tienen que ser el mismo. Si no, el vendedor no es el titular: ver /preguntas/que-pasa-si-el-vendedor-no-es-el-titular/.
- El bastidor del permiso, el de la ficha técnica, el del informe y el grabado en el coche tienen que coincidir.
- La ITV de la ficha y la del informe tienen que cuadrar en fechas y kilómetros.
- El recibo del impuesto debe ser del municipio del domicilio del coche que aparece en el informe.
- Pide originales. Si el vendedor solo tiene fotocopias del permiso o la ficha, pregunta por qué; un duplicado se pide en Tráfico.
Lo que no hace falta
- La ITV en vigor no es requisito previo para el cambio de titular, aunque el permiso nuevo solo será válido con la ITV en vigor. Lo explicamos en /preguntas/se-puede-transferir-un-coche-con-la-itv-caducada/.
- El seguro del vendedor no te sirve a ti. Contrata el tuyo antes de llevarte el coche.
- No hace falta notario para comprar un coche entre particulares.
Caso tipo
Una compradora llega a la cita con su lista. Permiso y DNI coinciden; el bastidor del parabrisas, también. El vendedor no encuentra el último recibo del impuesto. Ella ya había pedido el informe completo y no aparece IVTM impagado, pero aun así le pide que lo descargue de la web del ayuntamiento antes de firmar. Lo hace en cinco minutos con el móvil. Firman el contrato en dos copias, cada hoja firmada por los dos, y ella se queda copia del DNI del vendedor.
¿Necesitas también el trámite? Además del informe, si lo necesitas, te hacemos la transferencia o la baja; pregúntanos en el chat.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentos me tiene que dar el vendedor de un coche usado?
Permiso de circulación, ficha técnica, contrato firmado (o factura si es empresa), copia de su documento de identidad y el último recibo del impuesto de circulación. El informe de la DGT puedes pedirlo tú.
¿Es obligatorio hacer contrato de compraventa?
Para transferir, la DGT pide el contrato o la factura, salvo que presentéis en persona el impreso de cambio de titularidad firmado por los dos. En la práctica, haz siempre contrato.
¿Qué pasa si el vendedor no tiene la ficha técnica?
Debe pedir un duplicado en Tráfico. Sin ficha no podrás pasar la ITV ni comprobar reformas.
¿Necesito copia del DNI del vendedor?
La sede de la DGT recomienda quedarte con una fotocopia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del vendedor.
¿Me tiene que dar el vendedor el informe de la DGT?
No está obligado. Puedes pedirlo tú con la matrícula, sin su permiso.
¿Y si compro a un concesionario o compraventa?
Te dará factura en lugar de contrato. En ese caso no liquidas el ITP: basta con la factura.
Quién lo hace
Informe del Vehículo: servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Te mandamos el informe completo para que lo compares con los papeles en la cita. No somos la DGT.
EscríbenosFuentes oficiales
- Sede de la DGT, Transferencia o cambio de titularidad: documentación, contrato firmado en todas las hojas, copia del DNI del vendedor, ITP o factura, plazo de 30 días.
- BOE, Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 99.2.
Revisado el 24/10/2026.
No somos la DGT. Servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Revisado el 24/10/2026.
Fuentes oficiales
- https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/transferencias-de-vehiculos/
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214
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