¿Cómo saber si un coche tiene el impuesto de circulación pagado?
Por dos vías que se complementan. La DGT refleja el impago que le comunican los ayuntamientos: el informe reducido gratuito lo marca como incidencia y el completo indica «IVTM impagado». Pero el Registro solo sabe lo que el ayuntamiento le ha comunicado al cerrar el periodo voluntario; el recibo del año en curso lo acredita el vendedor con su justificante de pago. Importa porque, por ley, Tráfico no tramita el cambio de titular si no se ha pagado el impuesto del año anterior.
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Por qué el impuesto de circulación importa al comprar
El «impuesto de circulación» es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), un impuesto municipal. La ley que lo regula dice tres cosas que afectan directamente a una compraventa:
- Lo paga quien figura en el permiso de circulación (art. 94 de la Ley de Haciendas Locales).
- Se devenga el 1 de enero y el periodo es el año natural (art. 96). Quien es titular ese día es quien debe el año entero, aunque venda en febrero.
- Las Jefaturas de Tráfico no tramitan el cambio de titularidad mientras el titular registral no acredite el pago del impuesto del año anterior (art. 99.2). Y los ayuntamientos, al terminar el periodo voluntario, comunican el impago al Registro de Vehículos (art. 99.3).
La sede de la DGT lo recoge entre los requisitos previos de la transferencia: «tener abonado el Impuesto de Circulación del año anterior».
Qué apartado del informe lo resuelve
| Informe | Qué ves |
|---|---|
| Reducido (gratis) | Sale «con incidencias» o «con avisos», sin decir el motivo |
| Completo (8,67 €) | Indica expresamente el IVTM impagado entre las cargas o limitaciones, junto al municipio de domicilio del vehículo |
El municipio del informe completo es útil: el impuesto lo gestiona el ayuntamiento del domicilio que consta en el permiso (art. 97), así que sabes a qué ayuntamiento u organismo de recaudación preguntar.
Lo que el informe no garantiza es el año en curso: si el ayuntamiento todavía no ha cerrado el periodo voluntario o no ha comunicado nada, el Registro no lo refleja. Por eso el informe se completa con el recibo.
Pasos para el comprador
- Pide el informe reducido (gratis). Si sale limpio, buena señal; si sale con incidencias, sigue.
- Pide el completo y mira si aparece el IVTM impagado y en qué municipio.
- Pide al vendedor el justificante de pago del último recibo (y, si el cobro de este año ya pasó, también el de este año).
- Si hay impago del año anterior, no firmes hasta que el vendedor lo pague: sin ese pago, la transferencia no saldrá.
- Pacta por escrito en el contrato quién asume el recibo del año en curso, si queréis repartirlo (lo vemos en /preguntas/quien-paga-la-transferencia-de-un-coche/).
Pasos para el titular (tu propio coche)
- Busca el recibo en la sede electrónica de tu ayuntamiento o del organismo que recauda por él (en muchas provincias, la diputación).
- Si lo tienes domiciliado, el cargo aparece en tu banco en la fecha de cobro que fije el ayuntamiento.
- Antes de vender, pide tu propio informe: si aparece IVTM impagado, págalo y espera a que el aviso desaparezca antes de citar al comprador.
Caso tipo
Un vendedor firma en marzo con un comprador. Al presentar la transferencia, la DGT la frena: impuesto del año anterior sin pagar en el ayuntamiento del domicilio del coche. El vendedor se había mudado y el recibo le llegó a la dirección antigua. Lo paga con recargo, el ayuntamiento lo comunica y la transferencia sale semanas después de lo previsto. Con un informe antes de firmar lo habría visto el primer día.
Ojo con…
- La baja no te libra del año ya devengado. Si das de baja el coche en marzo, ese año se generó el 1 de enero; en la baja definitiva la ley prevé prorrateo por trimestres.
- El impuesto no lo «hereda» el comprador del pasado. El impago es del titular de entonces, pero bloquea la transferencia mientras exista.
- Un recibo pagado no siempre está ya comunicado. Si el vendedor acaba de pagar, el aviso puede tardar en desaparecer del Registro. Pide el justificante.
Preguntas frecuentes
¿El informe de la DGT dice si el impuesto de circulación está pagado?
Dice si el ayuntamiento ha comunicado un impago: el reducido lo marca como incidencia y el completo lo identifica como IVTM impagado. No certifica el pago del año en curso.
¿Se puede transferir un coche con el impuesto de circulación sin pagar?
No si lo que falta es el impuesto del año anterior: la ley impide a Tráfico tramitar el cambio de titular hasta que se acredite su pago.
¿Quién paga el impuesto de circulación si vendo el coche a mitad de año?
Legalmente, quien era titular el 1 de enero paga el año completo. Comprador y vendedor pueden repartirlo entre ellos si lo pactan.
¿Dónde se paga el impuesto de circulación?
En el ayuntamiento del domicilio que consta en el permiso de circulación, o en el organismo de recaudación en el que haya delegado.
¿Cuánto tarda en desaparecer el aviso después de pagar?
Depende de cuándo comunique el ayuntamiento el pago al Registro. Guarda el justificante para presentarlo si hace falta.
¿Puedo ver gratis si mi coche tiene el impuesto impagado?
Sí, con el informe reducido verás si hay una incidencia. Para saber que es el IVTM y no otra cosa necesitas el completo.
Quién lo hace
Informe del Vehículo: servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Te mandamos el informe completo con el municipio del vehículo y te decimos si consta el IVTM impagado. No gestionamos el pago del impuesto: eso es con el ayuntamiento. No somos la DGT.
EscríbenosFuentes oficiales
- BOE, Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, arts. 94, 96, 97 y 99: sujeto pasivo, devengo el 1 de enero, ayuntamiento competente y bloqueo del cambio de titularidad.
- Sede de la DGT, Transferencia o cambio de titularidad: requisito de tener abonado el impuesto del año anterior.
Revisado el 24/10/2026.
No somos la DGT. Servicio realizado por especialistas en trámites de vehículos, con acceso directo a los registros de la DGT; informe al instante. Revisado el 24/10/2026.
Fuentes oficiales
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214
- https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/transferencias-de-vehiculos/
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